Con Syncro respetas la normativa sobre la fijación de la carga

A partir del 20 de mayo de 2018, todos los países de la UE están obligados a aplicar las disposiciones sobre inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales, según prevé la Directiva 2014/47/UE del Parlamento europeo y del Consejo del 3 de abril de 2014, en derogación de la Directiva 2000/30/CE. El objeto principal de los controles sobre la fijación de la carga serán los vehículos de masa máxima superior a 3,5 toneladas, que están comprendidos en las categorías N2 e N3, pero la normativa no excluye la posibilidad para las autoridades competentes de extender la inspección a la clase N1, es decir a los vehículos comerciales ligeros como las furgonetas y los van. Las tres clases podrán ser, por tanto, objeto de inspecciones y control, y deberán demostrar que utilizan sistemas de bloqueo de la carga, de manera que la mercancía a bordo del vehículo no interfiera con la conducción segura del vehículo o constituir un peligro para la vida, la salud, las cosas o el ambiente.

Lee las partes de la Directiva referentes a los vehículos comerciales ligeros

Para mayor claridad, referimos a continuación algunos parágrafos de la Directiva 2014/47/UE: Del artículo 1, sobre las categorías de los vehículos objeto de inspección:  b) Vehículos de motor diseñados y fabricados principalmente para el transporte de mercancías, con una masa máxima superior a 3,5 toneladas – vehículos de las categorías N2 y N3; 2. La presente Directiva no afectará al derecho de los Estados miembros a realizar inspecciones técnicas en carretera de vehículos no recogidos en el ámbito de aplicación de ésta, como los vehículos comerciales ligeros de la categoría N1 con un peso no superior a 3,5 toneladas, ni a controlar otros aspectos del transporte por carretera y la seguridad vial o a efectuar inspecciones en lugares distintos de las vías públicas. La presente Directiva no impedirá en modo alguno a los Estados miembros limitar el uso de determinados tipos de vehículos a determinadas partes de su red vial por motivos de seguridad vial. Del artículo 3, sobre la definición de carga:  e) «carga»: todas las mercancías que normalmente se transportarían en o sobre la parte del vehículo diseñada para soportar una carga y que no estén fijadas a él de forma permanente, incluidos los objetos transportados por el vehículo en portacargas tales como cajones, cajas móviles o contenedores; Del artículo 13, que trata específicamente los aspectos relacionados con la fijación de la carga: Art. 13 Inspección de la sujeción de la carga Durante una inspección en carretera se podrá someter un vehículo a inspección de la sujeción de su carga de acuerdo con lo dispuesto en el anexo III, a fin de comprobar que la carga está sujeta de forma que no interfiera con la conducción segura, ni suponga un riesgo para la vida, la salud, la propiedad o el medio ambiente. Se pueden realizar inspecciones para comprobar que, en todas las situaciones de funcionamiento del vehículo, incluidas las situaciones de emergencia y las maniobras de arranque cuesta arriba: - el cambio de posición de las cargas entre sí, contra las paredes o las superficies del vehículo sea mínimo,  y - las cargas no puedan salirse del espacio de carga ni desplazarse fuera de la superficie de carga. [...] 3. Asimismo, podrán aplicarse los procedimientos de seguimiento previstos en el artículo 14 en caso de deficiencias graves o peligrosas en relación con la sujeción de la carga. Del artículo 26, que especifica la fecha de entrada en vigor de la norma:  Los Estados miembros aplicarán dichas disposiciones a partir del 20 de mayo de 2018. En relación con el sistema de clasificación de riesgos a que se refiere el artículo 6 de la presente Directiva, los Estados miembros aplicarán dichas disposiciones a partir del 20 de mayo de 2019.

Sistemas de fijación de la carga instalados por Syncro System: características generales

Para estar en regla con el Decreto es suficiente confiar en la experiencia de Syncro System, que fabrica sistemas de bloque perfectamente adecuados tanto a los vehículos comerciales ligeros, inferiores a las 3,5 toneladas (furgonetas) como a los vehículos pesados, superiores a las 3,5 toneladas (camiones, caravanas). Todos los accesorios Syncro han sido pensados para mantener el material fijo en su posición durante todo el transporte y son: 
  • Seguros y probados
  • Fáciles de utilizar, pero sumamente funcionales y resistentes
  • Pensados para varios tipos de carga, diferenciados en base a las distintas necesidades.

Sistemas de bloqueo

Entre los accesorios para el bloqueo de la carga dentro de la furgoneta propuestos por Syncro es posible optar, según las necesidades, por:  - Barras metálicas o guías con correas  - Correas y ganchos  - Bobinador con correa: muy flexible en el uso, permite poner al seguro en cualquier posición cargas de varias formas y tamaños.  - Ganchos sujetatodo, con patente exclusiva Syncro System: perfectos para escaleras, rampas, paneles, carros  - Barras de sujeción de la carga, para el transporte de mercancía frágil y voluminosa  - Bastidores portaobjetos: portabombonas, portacartuchos de silicona, portadestornilladores, portaextintor, portamoto…

Sistemas de retención dentro de los contenedores 

La furgoneta equipada con cajones, estanterías y otros módulos diseñados e instalador por Syncro System ha superado el crash test según la normativa ECE R17: esto significa que, incluso en caso de un golpe violento, el mobiliario no sufren daños y no hay riesgos para los ocupantes de la cabina ni para los demás usuarios de la carretera, manteniendo en su interior casi la totalidad del material transportado.

Sistemas de transporte en el techo

También los sistemas de bloqueo de las mercancías en el techo, como bacas, portatubos y portaescaleras Syncro System cuentan con la certificación GS, concedida por el Tüv Rheinland Italia, un documento que garantiza el alto estándar de seguridad del producto.

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